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Martes, 29 Septiembre 2009

El polígono Nuevo Puerto se erige en obstáculo de la segregación de Mazagón.

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Huelva Información – Y. Sánchez – 29/09/2009

La sentencia del TSJA indica que el complejo industrial palermo está a menos de 4.000 metros, lo que deja al núcleo costero lejos d e los 7.000 que debe cumplir · El Supremo es la siguiente baza de Avema.

Una de las muchas manifestaciones que han respaldado los vecinos de Mazagón en favor de la segregación.

Una de las muchas manifestaciones que han respaldado los vecinos de Mazagón en favor de la segregación.

El polígono industrial Nuevo Puerto de Palos de la Frontera y las instalaciones portuarias de la capital son las principales barreras que tendrá que superar el colectivo vecinal Avema para alcanzar la segregación de Mazagón de los municipios matrices de Moguer y Palos. La sentencia del TSJA falló en contra de la segregación alegando que no existe una distancia mínima de 7.500 metros entre Mazagón y Palos, aunque reconoce que sí es un requisito que tiene luz verde en el caso de Moguer. El alto tribunal andaluz señala sobre el polígono Nuevo Puerto -perteneciente a Palos- que éste “se erige en obstáculo insalvable pues tratándose de suelo industrial, urbano por tanto, se halla a menos de 4.000 metros del núcleo principal de Mazagón”. Y añade que “este polígono es el lugar en que se ubican las principales industrias del Polo Químico de Huelva, que ya era suelo urbano industrial consolidado en las normas subsidiarias de 22 de febrero de 1995″.

El portavoz de Avema y concejal en Moguer, Francisco Martínez, manifestó que este alegato de la sentencia ha causado “rabia” entre los vecinos de Mazagón porque “vemos con impotencia que se han utilizado las distancias para evitar la segregación”. El colectivo Avema ya avanzó que acudirá al Tribunal Supremo para defender la segregación de Mazagón y aseguró que se propone seguir trabajando “con ilusión y entusiasmo” para alcanzar la segregación del núcleo costero, pues están convencidos de que la gestión será más eficaz y justa de lo que ahora es, dependiendo de dos núcleos de población que siguen mirando de lejos a la urbanización costera.

“Cuando iniciamos el camino a principios de la década de los 90 conocíamos de antemano que se trataría de un proceso burocrático largo y complejo en el que tendríamos que hacer frente a los innumerables obstáculos por parte de los principales partidos políticos: PSOE y PP”, dijo el portavoz.

Sobre las instalaciones portuarias de la capital, la sentencia del TSJA señala que “la zona de servicio del Puerto de Huelva dista menos de un kilómetro de Mazagón. Y estas distancias se refieren teniendo en cuenta el núcleo principal de Mazagón. Pero si se tiene en cuenta el núcleo pretendido por los actores, tras el correspondiente desarrollo urbanístico que habría que tener Mazagón, la distancia es aún menor”.

La sentencia del TSJA hace referencia a un criterio objetivo de medición por lo que considera que “las pruebas aportadas, practicadas por la administración en el expediente administrativo, merecen una especial consideración a los efectos de su valoración, por referirse a hechos fácilmente constatables, poco sujetos a particulares o interesadas valoraciones subjetivas; esto es, la distancia existe o no”.

Pese al revés que esta sentencia da al documento con el que Avema ha trabajado durante casi dos década para reclamar la independencia de Mazagón, el colectivo vecinal se propone seguir adelante en su reivindicación, que “no es algo inalcanzable”, aseguró Martínez. Además de recurrir ante el Tribunal Supremo, la asociación va a reunir a sus socios (250 familias) y a todos los vecinos que se han sumado a la causa suscribiendo el documento de segregación para decidir el camino a seguir. Los dirigentes de la asociación van a presentar una serie de iniciativas que se darán a conocer una vez sean refrendadas por la asamblea y cuenten con el respaldo vecinal que ha llevado a Mazagón por el largo proceso de la independencia administrativa.

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Viernes, 25 Septiembre 2009

Mazagón: Avema insiste en la segregación a pesar de un nuevo portazo judicial.

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Huelva Información – 25/09/2009

El portavoz vecinal, Francisco Martínez, anuncia que recurrirán al Supremo tras la sentencia del TSJA. El 95% de la población firmó a favor de la independencia.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimando el recurso interpuesto por la Asociación de Vecinos de Mazagón (Avema) en la que se pedía la segregación del núcleo costero de Moguer ha sentado como un jarro de agua fría para las pretensiones del colectivo de pasar a ser el municipio ochenta de la provincia. Sin embargo y a pesar del revés sufrido por la decisión del Alto Tribunal andaluz, el cual se une a la negativa del Consejo de Gobierno de la Junta, que ya tumbó el expediente de segregación, los vecinos aseguran que no van a cesar a la hora de continuar reivindicando algo que consideran “un derecho inalienable de los pueblos” como es su independencia.

Ultima manifestación celebrada en Mazagón contra el abandono que aseguran sufrir desde el pueblo matriz de Moguer.

Ultima manifestación celebrada en Mazagón contra el abandono que aseguran sufrir desde el pueblo matriz de Moguer.

Fiel a este sentir, el portavoz vecinal y edil moguereño, Francisco Martínez, adelantó que la intención primigenia es recurrir al Supremo y no cejar en el empeño hasta agotar todas las vías que les brinda la Constitución. “Cuando emprendimos este camino conocíamos de antemano que se trataría de un proceso burocrático largo y complejo en el que tendríamos que hacer frente a los innumerables obstáculos por parte de los principales partidos políticos: PSOE y PP”, dijo el portavoz. A pesar de todo, el edil eludió hacer valoraciones al recurso. “Aún no hemos tenido acceso a la sentencia judicial por lo que desconozco los elementos jurídicos” que han podido derivar o intervenir en esta decisión, máxime cuando, aseguró, el expediente de segregación es impoluto en términos jurídicos y cuenta con el respaldo del 95% de la población.

De cualquier modo, Avema ya ha avanzado que el siguiente paso se adoptará en el seno de la asamblea extraordinaria que a tal efecto se convocará el próximo martes, donde se les dará traslado a los vecinos de los pormenores de la sentencia del TSJA, tras lo cual se decidirán la siguiente hoja de ruta.

No obstante, en pos de insuflar ánimos a sus simpatizantes Martínez volvió a recordar que Punta Umbría vio cumplida sus reivindicaciones 25 años después de emprender su lucha. Con todo lo enunciado, el edil moguereño continúa confiando en un expediente de segregación que, a su entender, cumple todos los requisitos legales.

Tanto socialistas como populares, que desde un primer momento se opusieron a las pretensiones vecinales, coincidieron en congratularse de esta decisión. Los primeros, por boca del secretario general del PSOE, Gustavo Cuéllar, quien apuntó que la sentencia desmonta la acusación del PP sobre la existencia de un pacto entre el grupo municipal socialistas y Avema. Sin embargo, fuentes vecinales han recalcado que mayor alarma representa el hecho de que un partido político pueda influir en el dictamen de un tribunal, por lo que señalan que no entienden que la sentencia judicial signifique nada. “Queremos pensar que la desestimación del recurso es sólo una decisión meramente judicial”, a pesar de ser conscientes de la connivencia de intereses de los partidos nacionales por mantener el status quo.

Aun así, Cuéllar enfatizó la importancia de mantener “la unidad territorial sin herir los sentimientos de los vecinos”. En este sentido se mostró partidario de centrar “los esfuerzos en Mazagón” en pos de que todos los ciudadanos puedan disfrutar de los mismos derechos y obligaciones independientemente del núcleo urbano donde tengan fijada su residencia.

El representante socialista abogó por trazar un Plan de Dinamización Turística en Mazagón y mejorar la financiación que se destina al núcleo costero. Aprovechó su alocución para arremeter contra los populares ante una “nefasta” gestión municipal que ha derivado en una subida impositiva “del 40% en el impuesto de la contribución y un 65% en el de circulación”.

Noticia en Huelva Información.

Lunes, 17 Agosto 2009

La Junta de Andalucía reabre el Expediente de Segregación de San Pedro Alcántara.

La Tribuna de Marbella – Bárbara Casado – 17/08/2009

La Asociación Independentista espera que haya en Gobernación una “tendencia positiva” en su revisión.

Palacio San Telmo, sede de la Junta de Andalucía.

Palacio San Telmo, sede de la Junta de Andalucía.

Hace 25 años, un grupo de sampedreños inició el aún sin final camino hacia la independencia. Los motivos que esgrimían entonces eran los mismos que ahora: que San Pedro Alcántara es un pueblo y que la ciudad a la que pertenece, Marbella, no le presta los servicios, ni dota a la población de la autonomía suficiente para llevar a cabo una gestión adecuada de los recursos. Por eso, la sentencia del Tribunal Supremo, que obliga a la Junta de Andalucía a reabrir el expediente de segregación (cerrado por dilación en el tiempo), ha sido tan celebrada.

Sucedió el pasado día 11 de agosto, cuando el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el edicto por el cual, después de la sentencia del Supremo (del 25 de marzo de este año), se reabre el expediente de segregación de San Pedro. Manuel Fernández Valdivia, presidente de la Asociación Pro Independencia de San Pedro Alcántara, se muestra prudentemente satisfecho: “Están obligados a publicar por ley el edicto. Pero queremos tener la certeza de que se inicia la segregación”. Por lo menos, que haya “tendencia positiva” para estudiar el asunto, “y no lo descarten de entrada”.

El 31 de julio pidieron una reunión con Luis Pizarro (Gobernación).

De momento, el pasado 31 de julio solicitaron una reunión con el consejero de Gobernación, Luis Pizarro, en aras de iniciar las negociaciones políticas con la Junta de Andalucía, que tendrá 18 meses para resolver el expediente. Hay un detalle curioso: “la Junta de Andalucía no se personó en el recurso ante el Supremo”, por lo que, según Valdivia, podría optar por “no darse por notificada” (la sentencia indicaba un explícito “notifíquese a las partes”). Además, si agotan el tiempo para resolver el expediente, “nos situaríamos al lado de las elecciones”, con lo que “apenas quedaría tiempo para una gestora”.

Noticia en La Tribuna de Marbella.

Noticia en La Opinión de Málaga.

Noticia en Diario de Sevilla.

Noticia en Diario Sur.

Noticia en La Voz de Marbella.

Noticia en Huelva Información.

Sábado, 17 Mayo 2008

El TSJA allana el camino a los pueblos independentistas.

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Huelva Información – Rafael Moreno – 17/05/2008

Una sentencia del Alto Tribunal Andaluz “abarata” las condiciones para la segregación de La Redondela, La Zarza, Tharsis y Mazagón. La resolución judicial afecta a otros cuarenta núcleos andaluces.

La Redondela.

La Redondela.

El 30 de agosto de 2005 el presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, y la entonces consejera de Gobernación, Evangelina Naranjo, firmaron el decreto 185/2005 que cortaba de cuajo las ansias independentistas de nada menos que cuarenta y cinco poblaciones andaluzas que nadaban en las procelosas aguas municipalistas bajo el paraguas de Entidades Locales Menores, Entidades Locales Autónomas o Entidades de Ámbito Inferior al Municipal (EATIM). Era el Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales que paradójicamente incluía algunas ideas “franquistas”, a juicio de los pueblos afectados por las cortapisas.

Un documento que fue calificado por la Federación Andaluza de Entidades Locales Municipales (FAEM) como un enjambre legal de difícil digestión por lo que presentó un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Ahora, una sentencia del Alto Tribunal Andaluz anula parte del reglamento, abre la puerta a la segregación de casi medio centenar de poblaciones que aspiraban a ello y obliga a que sus representantes vuelvan a sentarse en los plenarios de los ayuntamiento matrices, de donde salieron en las pasadas elecciones al ser incompatible su cargo local con el municipal. Parecían prófugos.

Entre la retahíla de artículos y títulos que echa para atrás condiciona los dos más importantes y significativos para el entendimiento vecinal: que las localidades matrices y entidades estén separadas por siete kilómetros y que la que pretenda su segregación cuente al menos con cuatro mil habitantes como mínimo.

En la provincia de Huelva, esta sentencia abre, de momento, la espita al gas que prende la llama independentista, nunca apagada, en La Zarza-Perrunal, La Redondela y Tharsis, tres entidades atadas a la fuerza a los municipios matrices de Calañas, Isla Cristina y Alonso. Y de paso insufla adrenalina a la causa que la Asociación de Vecinos de Mazagón, AVEMA, libra contra uno de los grandes, Moguer. Aunque estos últimos han optado por la segregación pura y dura pero en caso de perder su recurso, la sentencia del TSJA les abre otra puerta, quizás más ancha que la actual.

De momento, el portavoz de AVEMA, Francisco Martínez, ha puesto en manos de sus abogados la sentencia “porque contiene aspectos muy beneficiosos para nuestras intenciones segregacionistas que actuarán de valioso precedente”.

Ni que decir tiene que la resolución del Alto Tribunal Andaluz está siendo analizada con lupa en los pequeños cuarteles municipales de las Entidades Locales.

Antonio Martín Cabanillas, alcalde de la EATIM de La Redondela, uno de los ideólogos del recurso ante el Tribunal y ‘guerrillero’ municipalista desde hace más de dos décadas, asegura que la resolución pone en entredicho el ordenamiento municipal andaluz con todas las consecuencias que ello puede acarrear para el orden actual autonómico y recuerda que “ya chirriaba la rigidez normativa de la Junta de Andalucía al imponer un mínimo de 4.000 habitantes para optar a la segregación, cuando de los 8.500 municipios que tiene España, unos 5.000 tienen menos de mil habitantes y otros 2.000 menos de quinientos”.

Pero qué puntos del reglamento andaluz anula el Alto Tribunal que tanto alborozo ha llevado a los pequeños “kosovos” andaluces.

Para empezar anula uno esencial, entendido como subjetivo, que decía: “El mantenimiento de la situación de insuficiente calidad en la prestación de la mayor parte de los servicios públicos obligatorios por parte de una entidad local durante un período mínimo de cuatro años, facultará a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía para adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento de sus obligaciones”.

Desde AVEMA se asegura que deja claro que no se puede medir la prestación de servicios como decía la Junta. Un aspecto que queda claro al anular el Tribunal Andaluz el punto relativo a “que el municipio nuevo preste los servicios de su competencia con un mayor nivel de calidad si cabe del alcanzado por el municipio matriz en el territorio base de la segregación”.

Es decir, que si Mazagón se segregara de Moguer o La Redondela de Isla Cristina, deberían tener mayor eficacia gestora. Ya no sería así.

También desactiva el exigente artículo catorce que medía la segregación por habitantes y que apuntaba que “se podrá iniciar un procedimiento de segregación sobre la base de un territorio constituido en Entidad Local Autónoma si transcurridos, como mínimo, cinco años desde su creación concurriesen que cuente con una población no inferior a dos mil quinientos vecinos y vecinas”. Y añadía que “entre los núcleos principales de población más cercanos del nuevo municipio y de aquél del que se segregue exista una franja de terreno clasificado como suelo no urbanizable de una anchura mínima de cinco mil metros”.

En los casos onubenses la situación de distancia resulta clara. De La Zarza a Calañas hay nueve kilómetros, de La Redondela a Isla Cristina cinco, de Tharsis a Alonso siete y de Mazagón a Moguer, nada menos que dieciocho.

Además, el fallo posibilita que las entidades inicien procedimiento de modificación de términos municipales aunque pierdan el contencioso actual de forma inmediata y no esperar cinco años como ahora. Mazagón está en ese caso.

Por si fuera poco, el Tribunal cuestiona la obligatoriedad del informe del pleno de la Diputación, en el que, a la vista de la documentación presentada se pronuncie sobre el cumplimiento de los requisitos formales.

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